El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali - Sala de Descongestión - confirmó la sentencia de primera instancia por la cual el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Pereira condenó a las sociedades COOMEVA EPS S.A. y la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE RISARALDA – COMFAMILIAR RISARALDA, por muerte de la menor SMZ, ocurrida en las instalaciones de la IPS, el pasado 24 de noviembre de 2007 y ordeno del pago de las compensaciones por daño moral y a favor de los padres de la menor y a favor de la sucesión.
Los hechos tuvieron ocurrencia a consecuencia de una atención fallida del parto.